Cierto verano, hace ya bastantes años, cuando llegamos al apartamento que entonces teníamos en un edificio playero, nos encontramos con que dos vecinos de la segunda planta, cuyos apartamentos tenían la puerta de entrada al fondo del pasillo, se habían apropiado del último tramo de ese pasillo para su particular uso y solaz. Utilizaron el sencillo procedimiento de instalar una cancela y cerrarla con llave. Así sin más. Por todo el morro. Obviamente, el presidente de la comunidad, los instó de inmediato a deshacer el entuerto y volver el corredor a su estado original. Y así tuvieron que hacerlo, no sin antes esgrimir toda la panoplia de falsedades, demagogias y manipulaciones argumentales que tenían aprestadas para defender su desfachatez, su caradura y su desvergüenza.
Y es que en una comunidad de vecinos, cada cual es propietario de su vivienda y, respetando la ley, puede gestionarla como mejor le plazca. Sin embargo los elementos y las zonas comunes son de todos los comuneros, y todos tienen el derecho y el deber de decidir sobre cualquier cambio que afecte a su uso o estructura. Es decir, que el hecho de vivir en la segunda planta, no dota a esos vecinos de ningún derecho ni privilegio especial sobre su rellano, de igual manera que el vivir en la planta quinta, no menoscaba ni un ápice el derecho a decidir sobre el pasillo de la segunda.
De existir este hipotético “derecho de proximidad” según el cual, lo que está cerca de mi vivienda me lo quedo y punto, los propietarios que viven en la planta baja del bloque, podrían adueñarse del portal e impedir su uso al resto de vecinos, que tendrían que acceder a sus viviendas por medio de lianas, como Tarzán. Algo tan absurdo, como que los vecinos del tercero tengan derecho a independizar su planta, y constituirla en comunidad de propietarios independiente del resto del bloque.
Ciertamente, existen cauces legales para plantear cualquier pretensión, incluso para proponer el “derecho a decidir” de unos pocos sobre lo que es de todos. Mis desvergonzados vecinos de la playa, podrían haber instalado su cancela si hubieran sometido su solicitud a la Junta de Propietarios, y hubieran obtenido el porcentaje de votos favorables que marca la ley.
España es como una gigantesca comunidad de vecinos, en la que cada español es propietario de su parcela, y el resto son zonas comunes. El que unos cuantos comuneros se confabulen y, por todo el morro, pretendan apropiarse de las zonas comunes que los rodean con el argumento de que las tienen cerca, es un ejercicio de desfachatez y de cinismo tan flagrante como el de mis vecinos “robapasillos” de la playa.
Ciertamente, existen cauces legales para que planteen su pretensión. La Junta de Propietarios, las Cortes Españolas en este caso, la tramitará de acuerdo con la ley. Y si se decide llevar el asunto a Junta General extraordinaria, es decir a referéndum, todos los españoles tenemos el derecho y el deber de decidir, sea cual sea nuestro domicilio y la ubicación de las zonas comunes cuya titularidad se dirime.
¡Y dejémonos ya de demagogias, manipulaciones y falsías!